Dos soluciones para la superpoblación
- Mr. Blonde
- Ulema
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Urdu escribió:¡Chirri!
Chirri ha vuelto, señores. Ya sabía yo que mis plegarias serían atendidas.
¿Qué tal todo, Chirri? Cuéntate más cosas, que ya sabes que aquí no te falta público, alguna otra teoría que hayas macerado en estos meses en los que nos has tenido privado de ti.
Quiere matar al abuelo de Krad.
Mola
Como ver a Platón y Aristóteles haciendo un 69 disfrazados de la patrulla canina.
Ramón, Telephono roto 2020.
Ramón, Telephono roto 2020.
puagh escribió:Quiere matar al abuelo de Krad.
Mola
Verás, me muevo un poco por analogías. Hay quien justifica el aborto argumentando que, así como determinamos que alguien está muerto cuando carece de actividad cerebral, por el mismo motivo no es vida humana el ser que carece de consciencia humana (i.e., el embrión o el feto). Yo no sé si tú aplaudes o no esta clase de silogismos, pero te ofrezco otro para que compares. El Código Civil considera persona a aquel ser humano actualmente capaz de ser sujeto de derechos y obligaciones o, en otras palabras, a todo individuo capaz de dañar libremente o beneficiarse. Quien daña por necesidad, ya sea por no estar en posesión de sus facultades o por fuerza mayor, asimila su condición a la de los inimputables penales. El Derecho en estos casos aisla a los mencionados alteradores del orden, bien internándolos en centros de corrección y rehabilitación, bien incapacitándolos. Y esto no se hace tanto en su interés -pues no se les deja elegir- sino en interés de la sociedad. Entonces, digo: Si no hay manera de aislar a un anciano para que deje de consumir recursos menguantes, o compense su gasto con una producción equivalente a la esperada de cualquier consumidor medio; si el daño, en resumen, es inevitable manteniéndolo con vida, habrá que matarlo, como se sacrifica al soldado en beneficio de la patria a quien casi todo debe.
irichc escribió:El Código Civil considera persona a aquel ser humano actualmente capaz de ser sujeto de derechos y obligaciones o, en otras palabras, a todo individuo capaz de dañar libremente o beneficiarse.
Esto no es cierto.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... .l1t2.html
- JorgitoForeman
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Prez escribió:irichc escribió:El Código Civil considera persona a aquel ser humano actualmente capaz de ser sujeto de derechos y obligaciones o, en otras palabras, a todo individuo capaz de dañar libremente o beneficiarse.
Esto no es cierto.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... .l1t2.html
El artículo 30 del CC es divertidísimo y abierto a interpretaciones varias:
Artículo 30.
Para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno.
Topéme con algún catedrático que elucubraba sobre lo de "forma humana", poniendo ejemplos de aberraciones varias para cuestionar el standard de "humanidad" y divertir al personal. Le dedicó varios artículos y cienes de sesudas horas de despacho al tema.
Por otra parte, tenía fijación también con lo de "enteramente desprendido" argumentando que si el cordón umbilical seguía sin cortar no contaban esas horas para la adquisición de la personalidad (yo siempre pensé que debía cortarse al momento por máxima médica). A este particular le dedicó incluso libro y todo.
El resto de catedráticos no compartían nunca mesa con él porque remojaba barbas en sopas sin usar nunca servilletas y con media botella de por medio conversaba a gritos cosas demasiado interesantes para el resto.
Esto último no tiene nada que ver, pero ejemplifica que a pesar de todo (o gracias a) era un tío entrañable.
Jubilao, lento y despasito me escribió:Claro que si me hubieras atacado por un flanco para tener acceso, y posteriormente rodeado con tus brazos permitiéndome vivir en tu barriga, ya habría sido el acabose.
Ven a mí y calienta tus muñones.