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Condenas
Publicado: 03 Mar 2006 11:08
por Born_to_lose
http://www.20minutos.es/noticia/92507/0/parot/eta/audiencianacional/
El Supremo aprueba la acumulación de penas a Parot en una sola condena de 30 años
He oído por hay que esta decisión resulta anticonstitucional por el hecho de que limita, en la práctica, las redenciones a los presos con condenas algo superiores a las de 30 años. Ya sé que en realidad todos los presos tienen derecho a ellas, sólo que se maquilla para que en realidad no la tengan. Devido a esto
¿No es en realidad una decisión anticonstitucional?
Publicado: 03 Mar 2006 11:28
por Jack_Durden
Como si importase mucho si lo es o no.
Re: Condenas
Publicado: 03 Mar 2006 11:42
por Prez
Born_to_lose escribió:¿No es en realidad una decisión anticonstitucional?
Pues no sabría decirte.
¿Qué artículos de la Constitución se estarían vulnerando?
Re: Condenas
Publicado: 03 Mar 2006 11:53
por Born_to_lose
Prez escribió:Born_to_lose escribió:¿No es en realidad una decisión anticonstitucional?
Pues no sabría decirte.
¿Qué artículos de la Constitución se estarían vulnerando?
Por lo tengo oido hay articulos en la constitución, no sé cuales, que dicen que todo preso tiene derecho a redenciones de pena, por buenos comportamientos y demás.
Publicado: 03 Mar 2006 11:57
por Prez
Según leo en el artículo, no se están eliminando las redenciones de pena.
Publicado: 03 Mar 2006 12:00
por Born_to_lose
Prez escribió:Según leo en el artículo, no se están eliminando las redenciones de pena.
En la practica sí, porque a alguien que tenga que cumplir treinta años (algo más de treinta) se le aplican a su condena real, no a la tiene que cumplir, por lo es como si no los tuviese
Publicado: 03 Mar 2006 12:02
por Jack_Durden
Prez escribió:Según leo en el artículo, no se están eliminando las redenciones de pena.
Se eliminan de facto desde el momento en que estas reducciones se calculan a partir de los 1000 años de carcel que es a lo que se condena el preso, y no al tiempo que realmente pasaria en prisión.
Ahora la pregunta es ¿porque no se aplica este mismo criterio a violadores y asesinos "comunes"?
Comunes entre comillas porque se nos dice que los de ETA son asesinos, pero se legisla aparte para ellos.
Publicado: 03 Mar 2006 12:02
por Prez
La Constitución no ampara expresamente las redenciones de pena, sino que impone que las penas privativas de libertad estén orientadas hacia la reeducación y reinserción social.
Las redenciones de pena es una de las maneras en las que se aplica este mandato constitucional, como puede haber otras.
Y sobre lo que afirmas, si alguien está condenado a 100 años y cumple 30, le están redimiendo 70 años, lo mires como lo mires.
Edito: esto va para Born_to_lose, que Jack_Durden se ha colado entre medias.
Publicado: 03 Mar 2006 12:03
por Prez
Jack_Durden escribió:Ahora la pregunta es ¿porque no se aplica este mismo criterio a violadores y asesinos "comunes"?
Esa sí es una buena pregunta.
Publicado: 03 Mar 2006 14:18
por JorgitoForeman
Prez escribió:Jack_Durden escribió:Ahora la pregunta es ¿porque no se aplica este mismo criterio a violadores y asesinos "comunes"?
Esa sí es una buena pregunta.
Bueno, de hecho sí se les aplica. La única particularidad de los enjuiciados por delitos de terrorismo sobre los reos comunes, además de que conoce la Audiencia Nacional, es que el límite máximo de prisión puede elevarse a 40 años (nunca efectivos). Lo que aquí se confunde es la aplicación de 2 códigos diferentes: el de 1973 (vigente al cometer los delitos Parot) y el actual del 95, revisado recientemente.
A Parot se le deben de aplicar los beneficios penitenciarios establecidos en el del 73, en base al principio de no retroactividad. Según eso, el límite máximo de cumplimiento para Parot sería de 20 años, y no de 40 como se estipula actualmente (artículo 76 1.d del Código Penal). Fuera de opiniones sociológicas o políticas, los jueces son "la boca e la ley", como decía Montesquieu, y deben limitarse a aplicar el mandato legal. La separación de poderes se basa en eso.
Si se critica el derecho positivo, lo que habrá que hacer es modificarlo por los cauces adecuados, pero esa es otra guerra.
Por otra parte, el Tribunal Supremo siempre fue unánime en cuanto a la jurisprudencia en este sentido, y siempre se pronunció favorable a la aplicación del criterio ahora seguido con Parot. La junta de fiscales, tres cuartos de lo mismo (con mayoría conservadora incluído), y bajo gobierno del PP, se liberó a 64 presos etarras condenados por asesinatos múltiples y con penas superiores a 20 años, incluso en ocasiones a los 300.
Con este panorama, a nadie se le escapa que la polémica suscitada actualmente, responde más a cuestiones políticas y oportunistas (la posible tregua está flotando) que a tecnicismos penales que están plenamente resueltos y los tienen claros todos los partidos.. de los tertulianos ya lo dudo.