Noticia de hace 3 años, pero que podría ser aplicable a la situación actual:
¿ Cómo defenderse del canon de la SGAE ?.
Redacción, 21/11/2003 (11:13).
Derecho e Internet publica un interesante artículo, repleto de consejos que nos aconseja como defendernos del canon, incluso en el caso de que ya hayamos sido demandados.
(Derecho de Internet ) ¿Cómo defenderse del canon?
Consejos generales:
Estamos en presencia de actuaciones cuyo fondo y contenido revisten carácter jurídico, por lo que nuestra primera recomendación es que se ponga en contacto con un letrado de su confianza para la defensa de sus derechos.
Su letrado puede contar con nuestra colaboración desinteresada para la orientación que pueda necesitar en una disciplina tan específica como la que nos ocupa. No tenemos ningún inconveniente en que nuestros compañeros se pongan en contacto con nosotros y ayudarles en lo que sea necesario en defensa de los derechos de sus clientes.
En la presente web no pretendemos prestar asesoramiento legal, sino información sobre los procedimientos planteados. Tanto los afectados como los letrados disponen de una dirección de correo electrónico para contactarnos.
En la actualidad existe un procedimiento ante el Tribunal de Defensa de la Competencia y un derecho de petición ejercitado ante la Ministro de Cultura. Estas son las dos vías que estamos siguiendo y a las que pueden adherirse los afectados.
Los colectivos perjudicados pueden interponer las siguientes acciones:
1. Tribunal de Defensa de la Competencia
La impugnación ante el Tribunal de Defensa de la Competencia se basa en que el canon se fijó privadamente entre la SGAE y ASIMELEC, sin intervención de los afectados. Basta su condición de afectado para poder interponer su reclamación.
Ponemos a su disposición la denuncia formulada por esta parte en la sección El canon en los soportes digitales.
2. Derecho de petición
Es una solicitud no formalista en la que se le proponen mejoras o ideas a la autoridad competente. Se busca así una mayor participación ciudadana en la administración. La Ministro de Cultura tiene competencias para regular por Real Decreto las excepciones al canon. Por ello, los sectores afectados pueden solicitar la aplicación de condiciones especiales para ellos.
Cada sector afectado tiene una incidencia: Los ingenieros deben presentar los proyectos en formato CDRom por imposición legal, los notarios archivan en formato CDRom las copias de seguridad de los datos... Ya que el canon afecta a todos los sectores, cada uno deberá exponer en su derecho de petición los aspectos en los que les afecta.
Tienen a su disposición un ejemplo del derecho que hemos efectuado en Ejercicio de derecho de petición.
Si ya le ha demandado la SGAE
Si se halla demandado por alguna entidad de gestión en reclamación del canon, entendemos que sería conveniente que el artículo 25.1 de la vigente LPI pasara por una prueba de constitucionalidad, ya que otorga en favor de las entidades de gestión un derecho de fiscalización sobre las Administraciones Públicas reservado por la Constitución al Tribunal de Cuentas.
La adecuación del artículo 25.1 de la LPI a la Constitución debe introducirse en los procedimientos judiciales abiertos a través de la solicitud de una cuestión de constitucionalidad: que el Juzgado o Tribunal plantee al Tribunal Constitucional si el artículo 25 de la LPI invade las competencias del Tribunal de Cuentas.
Otro argumento en contra de la adecuación constitucional del artículo 25 es su redacción, ya que utiliza la técnica legislativa de: "todo lo que no está permitido está prohibido", técnica normativa propia de Ordenamientos jurídicos totalitarios, en lugar de la técnica legislativa propia de los Estados de Derecho: "todo lo que no está prohibido está permitido".
http://www.hispamp3.com/noticias/notici ... 1121111325
El caso es que, considero que esto no continuará por mucho tiempo.
Como estamos en una sociedad basada en el mercado, el consumidor es quien tiene la última palabra. Ya los beneficios por ventas de material informático han bajado bastante, y el pequeño comercio sobre todo ha tomado sus propias medidas:
La SGAE lanza una oleada de inspecciones al comercio minorista para cobrar el canon
La batalla legal entre las empresas de informática y las entidades de gestión de derechos de autor por el pago del canon por copia privada se ha intensificado en los últimos meses.
07-07-2006 - Expansion Las tiendas de venta directa al público han comenzado a recibir la visita de los auditores –la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) dota de poder de auditoría a estas sociedades privadas– solicitando documentación y facturas, así como cartas certificadas exigiendo el pago del denominado canon digital.
Actualmente, cerca de 200 empresas se encuentran inmersas en pleno proceso judicial por negarse a pagar o facilitar dicha información. El presidente de la Asociación Española de Pequeñas y Medianas Empresas de Informática y Nuevas Tecnologías (Apemit), Josep Jover, afirma que “las sociedades de gestión reclaman a los distribuidores unos doce millones de euros, aunque muchos pagan para no ir a juicio” y evitarse problemas.
Esta asociación, creada en febrero ante la avalancha de quejas por parte de los distribuidores, ofrece asistencia jurídica y una amplia base de datos para poder hacer frente a los problemas que se derivan del pago del canon. “En apenas dos años el 3% de los minoristas se ha visto obligado a cerrar” por no poder hacer frente al pago de las cantidades exigidas.
A algunas empresas –de las más de 20.000 que constituyen el sector– se le están reclamando, como a una de Murcia, hasta 600.000 euros por el concepto de copia privada.
A otra de Huelva le solicitan más de 450.000 euros. Las cantidades derivan del carácter retroactivo del canon y del concepto de “idoneidad” que recoge la normativa, de tal forma que es susceptible de pago cualquier soporte “idóneo” para la reproducción de los contenidos –CDs, DVDs, grabadoras, mp3, etc–.
El 1 de septiembre de 2003 entró en vigor un acuerdo privado entre el sector de los soportes de grabación y las entidades de gestión para regular la remuneración compensatoria por copia privada, pero tan sólo para los CD y DVD. El acuerdo contemplaba, además, que los productos adquiridos en España con anterioridad a su entrada en vigor estaban formalmente exentos.
Sin embargo, las tiendas se están encontrando ante una realidad bien distinta. La ley contemplaba entonces al fabricante o importador como “deudor principal”, siendo el resto de eslabones del sector –distribuidores, mayoristas y minoristas– “responsables solidarios” del pago en caso de que la factura de sus proveedores no contemple desglosado el importe de dicho gravamen.
Las auditorías a empresas
En algunos casos, los auditores contabilizan en sus inspecciones la adquisición de productos desde el año 2000. A pesar de lo que dice expresamente la letra impresa del acuerdo sobre la citada exención, algunas tiendas se han encontrado con la reclamación del canon por productos que provenían de restos de almacén anteriores a la firma del documento. Pero no sólo de CDs y DVDs. También contemplan otro tipo de productos, como mp3, auspiciándose en el concepto de “idoneidad”.
Según el servicio jurídico de Apemit, las entidades de gestión aplican tres vías de actuación: “Iniciando una auditoría, luego una reclamación extrajudicial y, finalmente, una demanda en función de la cuantía; mediante un procedimiento de exhibición de libros y documentación a mayoristas o minoristas; o bien, iniciando, directamente, una demanda de juicio ordinario, sin auditoría previa, sirviéndose de datos obtenidos por el mayorista”.
Algunos minoristas se encuentran con el envío directo de un burofax por parte de alguna de estas sociedades en el que, sin inspección previa, le vienen detallados los productos y cuantía a pagar por los mismos. Datos que, tan sólo, pudieron obtener a través “de la denuncia de sus proveedores o importadores”, a cambio de que a éstos les perdonasen la deuda, afirma Jover.
http://www.internautas.org/sincanon/html/3788.html
Mucho me temo que la ley (dudo que vaya a ser derogada) tendrá que ser modificada si no queremos que esta LPI nos afecte aún más a los bolsillos.