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A hostias con el ayto

Publicado: 18 Sep 2007 17:51
por Xavi Fernandez
17-09-2007
Se podrá renovar el carnet caducado sin examinarse de nuevo

El carnet por puntos enfrenta a la DGT y a los Ayuntamientos

La Dirección General de Tráfico asegura que el carnet por puntos no está concebido para sancionar a los conductores que aparquen mal y afirma que, si los Ayuntamientos están llevando a cabo esa práctica, ‘‘es cosa suya’’. Por otra parte, Tráfico anuncia que no será necesario volver a examinarse para renovar un carnet de conducir que lleve caducado más de cuatro años.

La DGT ha responsabilizado a los consistorios de imponer multas con pérdida de puntos por aparcar de forma indebida, ya que, según el responsable de Comunicación de dicho organismo, Francisco Altozano, el carnet por puntos no prevé la retirada de éstos por aparcar mal, salvo que se haga en una zona peligrosa o en el carril bus. ‘‘Queremos dejar claro que, si los Ayuntamientos están llevando a cabo esa práctica, es cosa suya, no de Tráfico’’, ha añadido el portavoz de la DGT.



Altozano ha explicado que, de todas las denuncias que Tráfico tiene actualmente en tramitación por todos los conceptos que implican la retirada de puntos –807.736 en total-, un 0,8 por ciento son por estacionar en lugares peligrosos –6.436-. En cuanto a los recursos que se interponen por incumplimientos de la normativa vial, según el responsable de la DGT, no han aumentado sino que ‘‘se han mantenido’’ en el primer año del carnet por puntos, de los cuales, Altozano afirma que sólo el siete por ciento sale adelante.

Con estas declaraciones, Tráfico responde a la compañía de asistencia automovilística ADA, que hace unos días hacía públicos unos datos en los que se ponía de manifiesto que el 88 por ciento de las sanciones con pérdidas de puntos es debido a los aparcamientos indebidos. Asimismo, tanto ADA como Mutua Madrileña han coincidido en señalar que el número de recursos presentados en el primer año de vigencia del carnet por puntos ha crecido un 47 por ciento. Altozano atribuye este ‘‘supuesto’’ incremento que ofrecen las aseguradoras a que los recursos que manejan suponen un porcentaje ‘‘muy pequeño’’ con respecto al total de denuncias que se tramitan.

Renovar el carnet sin examen
Aquellos que tengan su carnet de conducir caducado desde hace más de cuatro años no tendrán que volver a examinarse. Ésa es una de las reformas que la Dirección General de Tráfico prepara y que se pretende aprobar antes de que acabe el año. Los únicos requisitos que se exigirán a los conductores para renovar el permiso son: presentar un informe de un centro de reconocimiento médico que acredite que el conductor mantiene las aptitudes para llevar un coche, el DNI y una fotografía.

Con esta reforma, España se equipara a la mayoría de países de la Unión Europea –excepto Italia y Luxemburgo-, que no obligan a la revisión del carnet ni a pasar un reconocimiento médico hasta que el automovilista cumple los 70 años. La reforma prevista por Tráfico también contempla la ampliación del plazo de vigencia del permiso de conducir para los conductores que tienen entre 45 y 65 años, que pasará a ser de diez años –hasta ahora el plazo es de cinco años- . Los mayores de 70 años no tendrán que renovar el carnet hasta pasados cinco años, no tres, como ocurre actualmente.



Para agilizar la tramitación de multas de tráfico y acortar el procedimiento de retirada de puntos del carnet de conducir, la Generalitat de Cataluña va a poner en marcha, a través del Servicio Catalán de Tráfico, una serie de medidas, entre ellas la utilización de ordenadores de bolsillo PDA en las denuncias. Con esto y con la modificación de trece artículos de la actual Ley de seguridad viaria propuesta al Gobierno estatal, la Generalitat espera reducir a la mitad -de un año a seis meses- el procedimiento de retirada de los puntos del carnet. Las PDA llevarán incorporado un datáfono para cobrar al instante el importe de la multa al infractor y se empezarán a usar de forma piloto el 19 de septiembre.